La Comisión Europea aprobó una actualización clave de los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas mediante el Reglamento (UE) 2026/215, aplicable desde el 19 de agosto de 2026. La norma modifica el marco vigente y tendrá impacto directo en la comercialización de frutas, hortalizas, cereales y productos de origen animal en toda la UE. El cambio más relevante es la eliminación práctica de la dimoxistrobina, que pasa al límite de determinación tras no renovarse su aprobación, lo que implica tolerancia cero por encima del umbral analítico.
En el caso del etefón, tras una revisión científica de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), se reduce la ingesta diaria admisible y se ajustan LMR: bajan en manzanas, arándanos y piñas; se mantienen en nueces, peras, uvas, cereales y algunos productos animales, sujetos a revisión futura. Para el propamocarb, se reduce el LMR en lechuga por posible riesgo, mientras que en otros alimentos los niveles se mantienen o ajustan. Se establece un periodo transitorio para facilitar la adaptación, con excepciones en etefón (manzanas y arándanos) y propamocarb (lechuga), reforzando así la protección del consumidor y la alineación con la evidencia científica más reciente en la Unión Europea.
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