Normativa otros países
May. 19, 2022Colombia: consulta pública sobre etiquetado nutricional y frontal para alimentos
Esta resolución entrará en vigencia el 16 de diciembre de 2022. Más allá de esta fecha, se espera que los productores e importadores locales retiren del mercado los productos que no cumplan con los requisitos.
El 16 de junio de 2021, con el fin de apoyar la salud pública de Colombia y reducir las enfermedades no transmisibles relacionadas con la alimentación, el MINSALUD emitió la Resolución N° 810, mediante la cual se estableció el reglamento técnico sobre requisitos nutricionales y de etiquetado frontal (FOPL) de alimentos envasados para consumo humano. consumo.
La medida revisa los requisitos de etiquetado existentes, incluida la introducción de elementos de advertencia como símbolos, así como la información y el formato del panel de información nutricional. El Instituto de Inocuidad de los Alimentos de Colombia (INVIMA), junto con las autoridades sanitarias locales, serán los responsables de la vigilancia y aplicación de esta norma.
Revise acá la normativa: https://chilealimentos.com/wp-content/uploads/2022/05/Colombia_Resolucion-No.-810de-2021.pdf
INVIMA/18 de mayo 2022
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