Circulares 2021
Ago. 12, 2021CIRC/035/21 Empresas que Deberán Reportar Información Energética
Estimado Asociado:
Se comunica que fue publicado en el Diario Oficial Decreto que establece los criterios para determinar empresas que deberán reportar anualmente su información energética. Lo deberán hacer las empresas que cumplan copulativamente los siguientes criterios:
- Empresas por RUT cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro son mayores a 1.000.000 UF anuales en el último año calendario.
- Empresas por RUT que tuvieren contratados 200 trabajadores o más.
- Empresas por RUT que poseen actividades vigentes a abril del año anterior.
- Empresas por RUT cuya clasificación de contribuyente corresponde a Persona Jurídica Comercial o Sociedades Extranjeras.
Atentamente,
Carlos Descourvières G.
Chilealimentos A.G.