El Servicio de Impuestos Internos ha dictado medidas tributarias excepcionales para contribuyentes afectados por los incendios en las regiones de Ñuble y Biobío. Son la Resolución N°14 y la Circular N°4, cuyos principales efectos son los siguientes:
1. Condonación automática de intereses y multas por atrasos en la declaración y/o pago de impuestos de los períodos diciembre 2025 y enero 2026, para contribuyentes cuya casa matriz se ubique en comunas afectadas, siempre que la declaración se realice por internet y hasta el 28 de febrero de 2026.
2. Facilitación del tratamiento tributario de gastos y donaciones vinculados a la emergencia, permitiendo deducir gastos asociados a enfrentar los incendios y realizar donaciones en dinero o especies sin castigo tributario ni afectación del IVA, conforme a la normativa vigente
3. Criterios más flexibles para informar y acreditar pérdidas de mercadería y destrucción de documentación contable, incluyendo la posibilidad de condonación de multas.
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