A partir del 30 de septiembre de 2026, entró en vigor la normativa europea que incorpora el clorpirifós al Anexo I de los contaminantes orgánicos persistentes (COP). Aunque su uso agrícola ya estaba prohibido desde 2020, esta inclusión refuerza el marco regulatorio y fija un umbral de 0,01 mg/kg para trazas involuntarias en sustancias, mezclas y artículos. La medida no modifica los límites máximos de residuos (LMR) de frutas y verduras, que siguen regulados por la normativa de plaguicidas, pero sí amplía el alcance de control a materiales y elementos de la cadena de suministro.
Para el sector hortofrutícola, esto implica mayor vigilancia en importaciones y embalajes procedentes de países donde aún se utiliza clorpirifós. Los operadores deberán reforzar controles previos al embarque, verificando proveedores, documentación y trazabilidad, para evitar incumplimientos en frontera. El cambio representa un nuevo frente regulatorio para las cadenas internacionales de frutas y hortalizas, especialmente en productos como plátanos, naranjas y uvas, donde la EFSA ha detectado residuos en años recientes.
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