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Chile: Actualizan norma de etiquetado «libre de gluten» con obligatoriedad a partir de marzo de 2027

Oct 2, 2026

En cumplimiento de la Ley N° 21.362 sobre etiquetado de alimentos “Sin Gluten”, el Ministerio de Salud de Chile publicó el Decreto N° 49. Esta normativa actualiza la definición de productos libres de gluten y establece las especificaciones técnicas de etiquetado, que serán obligatorias a partir del 18 de marzo de 2027.

El decreto exige que los alimentos etiquetados como “Sin Gluten” cumplan con límites máximos de gluten (≤ 5 mg/kg), además de aplicar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para evitar la contaminación cruzada. En el etiquetado, la expresión “Sin Gluten” deberá aparecer junto al símbolo del grano tachado, en la cara frontal del envase, con tipografía estandarizada y un tamaño mínimo de 1,2 mm. Estas medidas buscan garantizar mayor seguridad y transparencia para los consumidores celíacos y sensibles al gluten.

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Fuente: USDA

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