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Dic. 27, 2021ALERTA/038/21 SAG Actualiza Instrucciones para Registrar Empresas que Exportan Alimentos a China
Estimado Asociado:
El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) nos ha enviado una actualización del link para la inscripción de las empresas que exportan a China (revise Circular 800 del SAG del 24/12/2021, clic aquí).
Clic aquí, para revisar el nuevo link.
Adicionalmente SAG proporciona los siguientes link de ayuda:
Guía elaborada por la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación Embajada de España en China, clic aquí.
Guía elaborada por la Consejería Agroindustrial de Argentina en China, clic aquí.
SAG también resalta que esta inscripción es sólo para 18 categorías de alimentos, que son las siguientes:
- Carne y productos cárnicos
- Tripas saladas
- Productos de la pesca
- Productos lácteos
- Nidos de ave
- Productos de la apicultura
- Huevos y ovoproductos
- Aceites
- Pastas rellenas
- Cereales comestibles
- Harinas y malta
- Hortalizas frescas y deshidratadas y legumbres secas
- Condimentos y especias
- Frutos secos
- Frutas desecadas
- Café y cacao sin tostar
- Alimentos dietéticos
- Alimentos funcionales
Esta inscripción es para que los exportadores a China cuenten con un número de registro otorgado por la autoridad de ese país para efectos del trámite de importación. Por lo anterior, es necesario que los establecimientos que se encuentran en las categorías indicadas, se registren ante las autoridades en China.
Para el proceso de exportación, el etiquetado del envase debe contener el código entregado por China, o el código entregado por el SAG (CSP). Adicionalmente, en caso de que el envase contenga en su interior algún embalaje (ej. bolsa, clamshell, sachet, etc.) Se requiere que dicho envase también cuente con el código entregado por China o con el código entregado por el SAG (CSP) para indicar el lugar de elaboración del producto.
Es importante señalar, que al momento del ingreso del producto a China, éste debe contar con el código asignado por la parte China, ya que será requerido para el proceso de internación.
Lo anterior aplica para todo producto despachado a China a partir del 1 de enero de 2022.
Cabe mencionar que la obtención de este registro es responsabilidad de cada empresa y debe estar a disposición de China para la internación del producto.
Esta información se encontrará disponible en la página Web del SAG, Requisitos por país, para conocimiento de todos.
Si tiene dudas puede escribir a [email protected]
Atentamente,
Moisés Leiva R.
Gerente de Alimentos
Chilealimentos A.G.