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El Servicio Agrícola y Ganadero nos ha comunicado comunicar a Ud., el inicio de la temporada 2020- 2021 del Programa de Control de Inocuidad en Frambuesas de Exportación, establecido en el marco de la Resolución del Servicio N° 3.410 de 2002.
De acuerdo a esta Resolución, el SAG ha definido procedimientos para garantizar la aptitud para el consumo humano de las frambuesas destinadas a la exportación y establecido distintos requisitos y obligaciones mínimas, que deben cumplir los participantes de la cadena de exportación de la frambuesa:
Productores.
Comercializadores.
Centros de acopio.
Plantas de proceso.
Exportadores.
SAG solicita la colaboración de nuestra Asociación para la difusión del programa entre sus respectivos asociados y empresas relacionadas, y en particular respecto del proceso de activación o inscripción de cada uno de los participantes ya mencionados y el cumplimiento de los requisitos establecidos.
La inscripción o activación de cada participante debe realizarse a través del sistema disponible en el portal Web del SAG, en la ruta de acceso: