Circulares 2016
Sep. 15, 2016CIRC/058/16 Declaración Jurada de Emisiones (2)
Estimados asociados:
De acuerdo a las exigencias del Reglamento RETC (DS N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente), entre el 1 de septiembre y el 15 de octubre de cada año, a través de Ventanilla Única, las industrias deben enviar información sobre sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, mediante la declaración electrónica de una declaración jurada.
Se debe presentar antecedentes referidos a producción; inversión, costos de monitoreo y control; además del gasto de protección ambiental realizado por cada empresa. Su incumplimiento es sancionado por la Superintendencia de Medio Ambiente.
Saludos,
Saludos,
Carlos Descourvières G.
Chilealimentos A.G.