Circulares 2025
Ene. 27, 2025CIRC/006/25 Comienza a Regir Cambio de Sujeto de IVA en Ventas de Berries
Estimado Asociado:
El sábado 25 de enero recién pasado se publicó en el Diario Oficial el extracto de la Resolución Exenta N°11 del SII, por lo que sus materias ya se encuentra plenamente vigentes y operativas.
Mediante dicha Resolución el SII introdujo modificaciones importantes en el régimen de cambio de sujeto del IVA aplicable a las ventas de berries. Esta nueva normativa deja sin efecto las Resoluciones N°55 de 2005 y N°58 de 2006, con el objetivo de fortalecer el cumplimiento y la fiscalización en este mercado.
La resolución amplía el universo de contribuyentes que pasarán a ser agentes retenedores de IVA, dada la reducción de los umbrales para calificar como tal:
- El monto acumulado de compras disminuye de $800 millones a 300 UTM.
- El capital propio inicial requerido se reduce de $50 millones a 300 UTM.
Cambios relevantes para compradores que ahora serán retenedores
Nueva carga administrativa: Los compradores que adquieran la calidad de retenedores deberán emitir facturas de compra, registrar correctamente la retención del IVA (14% retenido y 5% declarado por el vendedor) y declarar estas operaciones mensualmente en el Formulario 29. Esto puede requerir ajustes en los sistemas administrativos y contables.
Mayor supervisión y fiscalización: Los nuevos agentes retenedores estarán sujetos a un control más estricto por parte del SII. El incumplimiento de estas obligaciones podría derivar en sanciones que incluyen multas.
Mayor control: Dado que la responsabilidad del IVA se transfiere al comprador retenedor, disminuye el riesgo de contingencias tributarias relacionadas con proveedores irregulares que incumplen con sus obligaciones.
Posibilidad de designación obligatoria: Si bien esto no es una novedad, es importante recordar que, en ciertos casos, el SII podrá designar de manera automática a los contribuyentes como retenedores si cumplen con los parámetros establecidos.
Recomendaciones
Se recomienda que los contribuyentes que puedan ser afectados por esta nueva instrucción se anticipen a ser calificados por la autoridad fiscal y evalúen la pertinencia de actualizar sus sistemas de registro contable, evitando posibles sanciones.
Revise Diario Oficial, aquí.
Lea Resolución, aquí.
*Contenido desarrollado por Daniela Valdés, Directora de Controversias Tributarias y fiscalizaciones en Bruzzone & González Abogados, quién estará recibiendo sus consultas de cortesía en [email protected], T: 56232754000.
Atentamente,
Chilealimentos A.G.