Alertas
Ene. 20, 2023ALERTA/001/23 Empresas deben Informar el 31 de Enero sobre el Cumplimiento Anual de la Ley de Inclusión Laboral
Estimado Asociado:
Ponemos en su conocimiento la siguiente información recibida de parte de la empresa AEM Abogados:
La Ley N° 21.015 obliga a empresas con 100 o más trabajadores a informar anualmente a la Dirección del Trabajo el cumplimiento de la normativa de inclusión laboral. En este sentido, hasta el 31 de enero de 2023 se deberá informar el número de trabajadores con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez que deberán ser contratados el año 2023, tomando como base el 1% del promedio de trabajadores del año anterior, es decir, del año 2022.
Hasta el 31 de enero de 2022, la información que debe ser registrada ante la DT es la siguiente:
• Número de trabajadores al último día de cada mes del año 2022.
• Promedio de trabajadores del año 2022.
• 1% del promedio de trabajadores del año 2022.
Esta será la cantidad de trabajadores que se deben contratar o mantener contratados en el año 2023, en aquellos meses que la empresa tenga 100 o más trabajadores.
Esta ley se encuentra vigente desde el 1 de abril de 2018, y obliga a las empresas de 100 o más trabajadores a contratar o mantener contratados a un número de trabajadores o trabajadoras en situación de discapacidad –o asignatarias de una pensión de invalidez- equivalente, al menos, al 1% del total del personal de la empresa.
NOTA: La fuente de la información contenida en esta Alerta corresponde a un convenio de cooperación que Chilealimentos ha realizado con la empresa AEM Abogados en beneficio de sus empresas afiliadas
El contenido de este informe, es de exclusiva responsabilidad de quienes lo han elaborado. Por ello cualquier consulta dirigirla al señor Cristián Aguayo Mohr, correo [email protected]
Atentamente,
Chilealimentos A.G.