Circulares 2016
Jul. 19, 2016CIRC/043/16 Retención Exenta de IVA en Frambuesa Resolución Excenta N°55, SII (17 de junio 2016)
El SII ha emitido la Resolución Exenta N°55 (17.06.2016) la cual señala entre otros:
…los agentes retenedores de berries, que adquieran estos bienes o contraten servicios de maquila efectuados por contribuyentes que no son agentes retenedores de estos productos, a contar de la vigencia de la presente resolución, deberán emitir las facturas de compra respectivas y deberán retener, declarar y enterar en arcas fiscales el 14% de Impuesto al Valor Agregado, independiente de la condición de facturador electrónico que pueda tener el vendedor de estos productos…
Revise la Resolución N°55 (17.06.2016) haciendo clic aquí
De este modo, estimamos se recoge la aspiración planteada por Chilealimentos en cuanto a evitar la evasión tributaria en las ventas de frambuesa (y otros berries), que sometemos a su consideración. En este sentido nos gustaría que hiciera llegar su opinión sobre esta resolución. Chilealimentos se reunirá con representantes del SII y quisiéramos plantear sus comentaros sobre la efectividad de la Resolución Ex. N°55, la que agradeceríamos canalizar al mail: [email protected]
Para completar esta información revise los siguientes documentos:
- «Nómina de Agentes Retenedores de Cambio de Sujeto del IVA» en Berries, al 19 de Julio de 2016, obtenida del sitio del SII clic aquí
- Resolución N°39 (27.03.2008) clic aquí
- Resolución N°55 (02.06.2005) clic aquí
Atentamente,
Guillermo González G.
Gerente General
Chilealimentos A.G.