Alertas
Oct. 25, 2022ALERTA/050/22 China Informa sobre Actualización e Informa de los Productos Registrados en CIFER para Exportar a ese País
Estimado Asociado:
Se ha recibido nota de parte del Servicio Agrícola y Ganadero respecto de que las empresas actualicen lo antes posible el listado de productos para exportar a ese país.
Actualmente, existe una alta demanda de países a nivel internacional ingresando solicitudes tanto para actualización de información de registro como para extensión del mismo. Por este motivo, instamos a los socios de Chilealimentos, que aún no lo han hecho, a iniciar el proceso de actualización de información a la brevedad
Aunque el plazo para hacerlo vence el 30 de junio de 2023, si este trámite no se hace con 6 meses de anticipación, se corre el riesgo de perder la posibilidad de exportar al país asiático.
El texto recibido es el siguiente:
Estimado Guillermo:
Por la presente y tal como fue informado anteriormente a través de la “Nota del Buro de Alimentos de Aduanas de China sobre Asuntos Relacionados con Solicitudes de Registración de Empresas Productivas Extranjeras para Alimentos Importados”, los establecimiento registrados en el sistema CIFER de Aduanas de China, tienen plazo hasta el 30 de junio del 2023 para actualizar la información de los productos registrados en el sistema.
Actualmente, existe una alta demanda de países a nivel internacional ingresando solicitudes tanto para actualización de información de registro como para extensión del mismo. Por este motivo, instamos a los establecimientos, que aún no lo han hecho, a iniciar el proceso de actualización de información a la brevedad posible para dar cumplimiento con la instrucción y que sus registros no se vean afectados (los plazos para
obtención de actualización o extensión pueden ser más extensos cuando hay mayor número de solicitudes).
Cabe señalar que este procedimiento (actualización) es distinto al de extensión de registro, plazo que está definido para cada establecimiento en la plataforma del sistema CIFER. Para mayores antecedentes acerca de los requisitos para extensión de registro, recomendamos ver el Artículo 20 del Decreto 248 y su interpretación. En el mismo señala que, el establecimiento que no realice la gestión con un plazo prudente (3 a 6 meses) previo a la expiración del registro, corren el riesgo de su cancelación antes de la fecha de expiración. Es decir, podrán continuar exportando hasta la fecha de expiración pero no podrán continuar haciéndolo posteriormente.
Cabe señalar que otros países exportadores con establecimientos con fechas de expiración de registro menores a tres meses, indican que el sistema no les permite ingresar información para extensión de registro.
Por lo tanto, el sistema está diseñado para que, los establecimientos que no cumplan con esta fecha límite para la presentación de sus solicitudes, deberán presentar una nueva solicitud de registro ya que perderán la anterior cuando venza el plazo de registro.
Por todo lo anterior, agradecemos compartir esta información con todos sus asociados e incentivar a las empresas a realizar sus inscripciones.
Finalmente, reiteramos que los procedimientos de registro de empresas elaboradoras/procesadoras que desean exportar sus productos a China, han sido comunicados en varias ocasiones y además, se encuentran publicados actualmente en el sitio web del SAG, ver aquí.
Conozca la Nota Oficial aquí.
Si tiene dudas puede escribir a [email protected]
Atentamente,
Moisés Leiva R.
Gerente de Alimentos
Chilealimentos A.G.