Alertas
May. 22, 2024ALERTA/016/24 Alerta Laboral
Estimado Asociado:
Ponemos en su conocimiento la siguiente información recibida de parte de la empresa AEM Abogados:
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL: Ley Karin
De conformidad a lo informado este 14 de mayo por AEM Abogados, hasta el 26 de mayo del presente, la Superintendencia de Seguridad Social ha abierto un período de consulta pública para recibir observaciones sobre los Protocolos de Prevención de Acoso y Violencia en el Trabajo que se deberán implementar por las Empresas con ocasión de la vigencia de la llamada “Ley Karin”.
Estos documentos, altamente esperado por los actores del mercado laboral, entregan directrices a las mutuales para que den asistencia técnica a empleadores del sector público y privado en la elaboración e implementación de protocolos para enfrentar las situaciones de acoso laboral. El “Modelo de protocolo de prevención” contiene lineamientos para identificar los factores de riesgo en torno a este tema y, además, incluye ejemplos de las acciones y comportamientos que se podrían entender como acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
Se recuerda que nuestros clientes cuentan con asesoría legal de nuestros abogados y abogadas para la implementación con las modificaciones que deberán realizar sus estamentos de relaciones laborales y de prevención de riesgos al interior de las empresas a partir del 1 de agosto de 2024.
CORTE SUPREMA: Finiquitos y posterior contrato de trabajo
El 23 de abril de 2024, la Corte Suprema en sentencia de recurso de unificación de jurisprudencia rol 33435-2023 establece que el finiquito pierde su validez como prueba del término de relación laboral cuando se firma de forma simultánea con la celebración de un nuevo contrato con el mismo empleador y por el mismo puesto. Lo anterior se debe a que dicha situación puede indicar una continuidad laboral, invalidando la idea que el trabajador ha renunciado a sus derechos laborales durante la vigencia del contrato.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: Arresto por no pago de cotizaciones previsionales
El Tribunal Constitucional en sentencia de fecha 09 de mayo de 2024, rol 14.163-2023, acogió un requerimiento de inaplicabilidad de una norma sobre el artículo 12 de la Ley 17.322 relativa a la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social. La norma permite arrestos de hasta 15 días para aquellos empleadores no pagaran las sumas descontadas o que debieron ser descontadas de las remuneraciones de sus trabajadores dentro de plazo. El requerimiento fue acogido debido a que el requirente en particular no podía cumplir con las medidas, no ajustándose el precepto a el caso específico al ser “jubilado en precaria situación de salud, que recibe una pensión estatal básica, sin actividad comercial vigente y sin posibilidad de embargo de bienes”.
Se recuerda a nuestros clientes que la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad solo afecta al caso concreto analizado por el Tribunal Constitucional.
CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA: Despido por necesidades de la empresa
La Corte de Apelaciones de Rancagua en sentencia de fecha 10 de abril de 2024, en recurso de nulidad, rol 24-2024, confirmó una sentencia en un caso de despido por necesidades de la empresa. El fallo establece que se ajusta a derecho sustentar en despido al cerrar una unidad de trabajo. Se enfatiza que la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo debe fundarse en un antecedente, razón y justificación que va más allá del mero capricho o voluntad del empleador.
CONGRESO NACIONAL: Indicaciones a proyecto de ley sala cuna universal
El 6 de mayo el Ejecutivo presentó indicaciones al proyecto de ley que se discute en el Congreso Nacional, Boletín 14.782-12, que tiene por objeto sustituir el texto íntegro de la iniciativa presentada bajo el mandato del Presidente Piñera. Las modificaciones presentadas por el Ejecutivo buscan que el derecho de sala cuna sea para todos los trabajadores del país, incluyendo mujeres y hombres, que cuenten con hijos menores de dos años. Esto, junto con eliminar la actual existencia de un mínimo de 20 mujeres en una empresa para que los empleadores deban otorgar el beneficio.
Se pretende establece la creación del Fondo de Sala Cuna, en base a una cotización con cargo al empleador del 0,2% de las remuneraciones imponibles por cada persona contratada, aporte que se destinaría directamente a la sala cuna respectiva sin hacer distinción por tamaño de empresa.
DIARIO ESTRATEGIA: Flexibilidad laboral y teletrabajo
Columna en Diario Estrategia sobre la modificación al artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo por la llamada “Ley de 40 Horas” en la era del teletrabajo y la flexibilidad laboral, y cómo una mala implementación de estas nuevas regulaciones por parte de la Dirección del Trabajo puede terminar impactando negativamente a trabajadores y empresas.
La Dirección del Trabajo modifico la interpretación de lo que se debe entender por “fiscalización superior inmediata”, concepto clave para la aplicación del famoso art. 22 y la exclusión de jornada ordinaria.
NOTA: La fuente de la información contenida en esta Alerta corresponde a un convenio de cooperación que Chilealimentos ha realizado con la empresa AEM Abogados en beneficio de sus empresas afiliadas
El contenido de este informe, es de exclusiva responsabilidad de quienes lo han elaborado. Por ello cualquier consulta dirigirla al señor Cristián Aguayo Mohr, correo [email protected]
Atentamente,
Chilealimentos A.G.