Alertas
Mar. 21, 2024ALERTA/010/24 Alerta Laboral
Estimado Asociado:
Ponemos en su conocimiento la siguiente información recibida de parte de la empresa AEM Abogados:
Congreso Nacional: Cámara de Diputados aprueba proyecto que prohíbe pedir pretensiones de renta en ofertas de trabajo. Continua su tramitación en el senado
La Sala aprobó el proyecto que regula la publicidad y transparencia de las remuneraciones en las ofertas de trabajo. La norma, además, prohíbe la consulta a los postulantes sobre sus pretensiones de renta y otras asignaciones que no tengan tal naturaleza.
La norma, se fundamenta en permitir que cada postulante conozca de antemano todas las condiciones del trabajo al cual postula. Además, elimina la información asimétrica e iguala las condiciones entre oferentes y demandantes. Asimismo, prohíbe la práctica de preguntar a los postulantes cuáles son sus pretensiones de renta.
La falta a estas normas tendrá aparejada como sanciones las contempladas en el artículo 506 del Código del Trabajo, que van desde 1 UTM a 60 UTM, dependiendo de los tamaños de la empresa.
Este estipula que, en los procesos de selección y contratación de trabajadores, los empleadores futuros que desarrollen dichos procesos deberán implementar el proceso considerando siempre criterios de promoción de la objetividad que impidan actos discriminatorios que anulen o alteren la igualdad de oportunidades, de acceso o de trato en el empleo y la ocupación.
En ese contexto, se regula que los empleadores no podrán requerir:
a) Fotografías o cualquier otro documento o registro asociado a la imagen física o corporal del postulante.
b) identificación de los establecimientos de educación básica y media donde haya estudiado.
c) Características relacionadas con el origen socioeconómico del postulante, y
d) El domicilio o comuna, bastando para ello la mera individualización de la región en la que habita el postulante.
Congreso Nacional: Proyecto de Ley busca mejorar el derecho a la lactancia, pudiendo acumular el tiempo destinado a dicho fin
El objetivo es que las madres que se vean excluidas debido a la distancia para alimentar a sus hijos o aquellas con jornadas laborales excepcionales también puedan ejercer su derecho.
El pasado 6 de marzo ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 16647-13 que modifica el Código del Trabajo para ampliar la norma sobre ejercicio del derecho para amamantar libremente en espacios de trabajo.
El objetivo del proyecto de ley es permitir a las madres trabajadoras cuya jornada o lugar de trabajo menoscabe el ejercicio del derecho de alimentación de los lactantes, puedan pactar con su empleador la acumulación del tiempo destinado a dicho derecho.
El proyecto en cuestión señala que de manera excepcional las trabajadoras dependientes que laboren afectos a un sistema excepcional de distribución de jornada y descansos en el que se imposibilite o menoscabe el ejercicio del derecho de alimentación, podrán pactar con su empleador la acumulación del tiempo destinado al referido derecho que no pudieron hacer efectivo.
Dirección del Trabajo: Ordinario N°161 sobre continuidad en la empresa y la modificación de los contratos de trabajo
Con fecha 7 de marzo del presente, la Direccion del Trabajo mediante Ordinario N° 161, aclara e interpreta el artículo 4° inciso 2° del Código del Trabajo, abordando la doctrina del principio de Continuidad en la Empresa, indicando que si opera algún cambio en la empresa no se requiere que las partes deban suscribir un nuevo contrato de trabajo o modificar los ya existentes, lo que no obsta a que las partes acuerden actualizar los contratos individuales, dejándose constancia en ellos del cambio de empleador y se consigne la antigüedad de los dependientes, sin que sea necesario agregar o modificar ninguna otra estipulación.
Radio Agricultura: Ley de 40 horas, entrevista a Rubén Soto
El próximo 26 de abril, comienzan a regir las primeras disposiciones de la Ley 21.561 que reduce, paulatinamente a 40 horas la jornada ordinaria de trabajo. Los alcances de esta nueva normativa para trabajadores y empleadores, fueron parte de la conversación de nuestro socio AEM, Rubén Soto, junto a Karla Rubilar y Christian Pino en Radio Agricultura.
NOTA: La fuente de la información contenida en esta Alerta corresponde a un convenio de cooperación que Chilealimentos ha realizado con la empresa AEM Abogados en beneficio de sus empresas afiliadas
El contenido de este informe, es de exclusiva responsabilidad de quienes lo han elaborado. Por ello cualquier consulta dirigirla al señor Cristián Aguayo Mohr, correo [email protected]
Atentamente,
Chilealimentos A.G.